Para este año se modificaron algunas Declaraciones Juradas, como la 1835 sobre Bienes Raíces Arrendados, y se creó la nueva Declaración 1959, sobre abonos y transferencias bancarias, entre otros cambios.
Comenzando el proceso de presentación de Declaraciones Juradas, el Servicio de Impuestos Internos (SII) dio inicio oficial a la Operación Renta AT 2025. A través de las Declaraciones Juradas los contribuyentes entregan la información necesaria para la elaboración de la Propuesta de Declaración del Impuesto a la Renta (Formulario F22), que el SII ofrece cada año a través de su portal web. Se trata de una etapa muy importante, ya que la información que se recibe permite entregar propuestas de Renta certeras, asegurando el cumplimiento tributario, ya sea a través de la solicitud de devolución o el pago del impuesto a la renta. De esta forma, se reduce la necesidad de realizar modificaciones posteriores y los contribuyentes pueden acceder a su devolución de impuestos en el menor tiempo posible.
Para facilitar el cumplimiento tributario, se desarrollaron nuevas funcionalidades en los Asistentes, además de realizar mejoras al Escritorio Contable, con el objetivo de que contadores y asesores tributarios puedan realizar todos los trámites relacionados con la Operación Renta de sus clientes, desde el mismo lugar, según informó el SII. Asimismo, se habilitó una sección especial para emprendedores que deban presentar su Declaración de Renta por primera vez, para asegurar el cumplimiento y evitar sanciones posteriores.
En una segunda etapa de la Operación Renta, por medio de la declaración anual de impuestos (Formulario 22) los contribuyentes cumplirán con la obligación tributaria dispuesta en el artículo 3 de la LIR, que establece el pago de impuesto sobre sus ingresos (de cualquier origen o denominación) que constituyan utilidades e incrementos de patrimonio.
Revisa aquí los calendarios con las Declaraciones Juradas más comunes, tanto Administrativas como de Renta, junto a la fecha en que cada una debe ser presentada:
Calendario Principales Declaraciones Juradas AT 2025, Administrativas | ||
DDJJ | Nombre | Plazo final de presentación |
1835(*) | Declaración jurada anual sobre bienes raíces arrendados. | 25-03-2025 |
1879 | Declaración jurada anual sobre retenciones efectuadas conforme a los arts. 42° N° 2 y 48° de la LIR. | 28-03-2025 |
1887 | Declaración jurada anual sobre rentas del art. 42 Nº 1 (sueldos), otros componentes de la remuneración y retenciones del impuesto único de segunda categoría de la Ley de la Renta. | 28-03-2025 |
Calendario Principales Declaraciones Juradas AT 2025, Renta | ||||
DDJJ | Nombre | Plazo final de presentación | Empresa | Régimen |
1948(*) | Declaración jurada anual sobre retiros, remesas y/o dividendos distribuidos, o cantidades distribuidas a cualquier título y créditos correspondientes, efectuados por contribuyentes sujetos al régimen de la letra A) y al número 3 de la letra D) del artículo 14 de la LIR, y sobre saldo de retiros en exceso pendientes de imputación | 14-03-2025 | (Sociedades Anónimas Abiertas) | 14A-14D3 |
26-03-2025 | (Sociedad con socios personas jurídicas) | |||
28-03-2025 | (Sociedad con socios personas naturales) | |||
En conjunto con el Formulario 22 | Empresas Individuales | |||
1847 | Declaración jurada sobre balance de 8 columnas y otros antecedentes | 30-06-2025 | 14A-14D3 | 14ª |
1926 | Declaración jurada anual sobre Base Imponible de Primera Categoría y Datos Contables Balance | 30-06-2025 | 14A | 14ª |
1947 | Base Imponible de Primera Categoría contribuyentes acogidos al Régimen Pro-pyme transparente | 28-06-2025 | Sociedades con socios personas naturales | 14D8 |
En conjunto con el Formulario 22 | Empresas Individuales | 14D8 | ||
1929 | Declaración Jurada anual sobre operaciones en el exterior | 30-06-2025 | ||
1930 | Declaración Jurada anual sobre endeudamiento con el exterior | 30-06-2025 | ||
F1946 | Declaración Jurada Anual sobre operaciones en Chile. | 30-06-2025 | ||
F1907 | Declaración Jurada Anual sobre Precios de Transferencia. | 30-06-2025 | ||
F1913(*) | Declaración Jurada Anual de Caracterización Tributaria Global | 30-06-2025 | ||
F1937 | Declaración Jurada anual sobre el Reporte País por País. | 30-06-2025 | ||
F1950 | Declaración Jurada anual sobre Archivo Maestro | 30-06-2025 | ||
F1951 | Declaración Jurada anual sobre Archivo Local | 30-06-2025 |
Novedades y modificaciones para el AT 2025
Para este año se modificaron tres Declaraciones Juradas y se crearon dos nuevas, con el objetivo de implementar las nuevas exigencias definidas en la Ley de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias.
Declaración Jurada 1958 (nueva), a través de la cual las instituciones financieras informan las cuentas financieras relacionadas con personas con residencia tributaria en el exterior. Esta información era recibida a través de un mecanismo tecnológico distinto hasta el año 2024, y de esta forma se busca mejorar la calidad y oportunidad de la información. Esta DJ debe ser presentada hasta el 30 de junio.
Declaración Jurada 1959 (nueva), que instruye a bancos, cooperativas de ahorro y crédito, compañías de seguro y entidades privadas de depósito y custodia de valores la obligación de informar a quienes reciban más de 50 abonos en las cuentas financieras del titular, provenientes de 50 o más personas o entidades diferentes o que dentro de un semestre presenten al menos 100 abonos de 100 personas o entidades diferentes. Esta DJ debe ser presentada hasta el 31 de julio de 2025, con la información correspondiente al primer semestre de este año.
Declaración Jurada 1835, sobre Bienes Raíces Arrendados (modificada): En la sección de Datos de los Bienes Raíces se aclara que se debe indicar el RUT del arrendador (antes se indicaba el del propietario o usufructuario del bien raíz).
Declaración Jurada 1913, de Caracterización Tributaria Global (modificada): Se incorporan nuevas preguntas sobre el Grupo o Holding Empresarial y dos nuevas secciones con datos referidos a Responsabilidad Social Tributaria y la composición del Grupo Empresarial.
Declaraciones Juradas 1922, 1948 y 1949 (modificada): Se incorpora dentro de los retiros, remesas o dividendos, bajo el concepto de rentas con tributación cumplida, las utilidades distribuidas y que se acogieron al Impuesto Sustitutivo de Impuestos Finales (ISIF) de la Ley 21.681de 2024.
Fechas importantes
Cumplir con los plazos es fundamental para evitar multas y asegurar una devolución rápida, en caso de ser beneficiario. Estas son las fechas principales que debes tener en cuenta:
1 de marzo: Inicio del proceso, con la recepción de Declaraciones Juradas (DDJJ).
1 de abril: Apertura para la presentación del Formulario 22 (F22).
30 de abril: Fecha límite para presentar la declaración de renta sin multas.
15 de mayo: Plazo final para corregir o rectificar declaraciones.
¿Cuándo recibiré mi devolución?
Si presentas tu Declaración Anual de Renta (F22) antes del 21 de abril, recibirás tu devolución el 15 de mayo.
Si presentas tu Declaración Anual de Renta (F22) entre el 22 y el 30 de abril, recibirás la devolución el 30 de mayo.