El Servicio de Impuestos Internos (SII) de Chile emitió la Resolución Exenta N° 30, en la que se establece la nómina de territorios o jurisdicciones consideradas como poseedoras de un régimen fiscal preferencial o paraísos fiscales, conforme al artículo 41 H de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
Según la resolución, un territorio o jurisdicción se considera con régimen fiscal preferencial si cumple simultáneamente las siguientes condiciones:
- No ha suscrito con Chile un convenio que permita el intercambio de información para fines tributarios, o el convenio existente no está vigente o presenta limitaciones que impiden un intercambio efectivo de información.
- No es considerado como cumplidor o sustancialmente cumplidor en materia de transparencia e intercambio de información con fines fiscales, según las evaluaciones del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información para Fines Fiscales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
Dentro de las novedades de esta actualización destaca que salieron del listado los Emiratos Árabes, Bahamas, Costa Rica, Catar, Hong Kong, Islas Caimán, Islas Vírgenes y Vietnam, entre otros, e ingresaron Bolivia, Antártida, Argelia y Gabón.
Esta medida busca reforzar la transparencia fiscal y alinearse con los estándares internacionales en materia de intercambio de información tributaria.
Revisa aquí la resolución del SII y aquí encuentras la lista actualizada.
Fuente: www.sii.cl