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1.- GANANCIAS BURSÁTILES

Se elimina el impuesto de 10% a la venta de valores

  • Aplica a: Acciones, cuotas de fondos mutuos y cuotas de fondos de inversión con presencia bursátil.
  • Tratamiento: Una vez cumplidos los requisitos legales, el mayor valor vuelve a ser ingreso no constitutivo de renta.
  • Vigencia: Desde el 1 de enero de 2027.

2.- EXPORTACIÓN DE SERVICIOS

Crédito de 15% por exportar servicios del conocimiento

  • Crédito general: 15% sobre la parte proporcional de las remuneraciones vinculadas a estos servicios.
  • Incentivo regional: +5 puntos (20% en total) para empresas con casa matriz o sucursales fuera de la Región Metropolitana.
  • Tope: 75 UTM por trabajador al año; el remanente no se devuelve, pero se puede usar en ejercicios posteriores.
  • Requisito: El servicio debe ser calificado como exportación por Aduanas, prestarse a no residentes y utilizarse en el extranjero.

3.- SALUD DE LOS TRABAJADORES

Crédito por tratamientos de enfermedades catastróficas

  • Quiénes lo usan: Empresas del régimen general y Pro Pyme general, por pagos directos de tratamientos de alto costo.
  • Beneficiarios: Trabajadores, hijos de hasta 25 años, y cónyuge o conviviente civil.
  • Límite: 150 UTM por trabajador durante toda la relación laboral.
  • Excesos: Se tratarían como gasto aceptado y no constituirían renta para el trabajador

4.- CAPACITACIÓN

Se restringe la franquicia tributaria Sence

Situación actualProyecto
Límite anual sobre remuneraciones imponibles1,0%0,7%
Monto imputable (rentas de hasta 25 UTM mensuales)100%80%

Adicionalmente, se excluirían del beneficio las actividades recreativas, meramente formales o de autoaprendizaje que no acrediten un desarrollo efectivo de competencias laborales.

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